Art. 110.- Del Presidente.- Son atribuciones y deberes del
Presidente:
a) Presidir el Directorio;
b) Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Directorio;
c) Presentar al Directorio el informe semestral de labores; y,
d) Suscribir conjuntamente con el Gerente General los contratos de prestación de servicios aduaneros aprobados por el Directorio.
martes, 24 de noviembre de 2009
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